Cómo denunciar el maltrato animal en Chile?


Artículo 291 bis delCódigo Penal:

"El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de uno a diez ingresos mínimos mensuales o sólo a esta última"

El maltrato y la crueldad con animales (sea cuál sea su especie) es delito ya sea que el animal resulte con daños menores o con resultado de muerte, en ambos casos hay razón suficiente para denunciar el acto.

¿CÓMO DENUNCIAR?

1.

Entablar denuncia (puede ser verbal o escrita) en Carabineros, Investigaciones o Fiscalía más cercana al lugar de los hechos.

2.

Tras la denuncia, el Ministerio Público nombra a un fiscal para investigar la causa a la cual se le asigna un número (R.U.C.) que permite identificarla y hacerle un seguimiento para informarse de los avances.

3.

Cuando el denunciante es llamado a ratificar su denuncia a fiscalía debe: asistir puntualmente y acompañar la mayor cantidad de antecedentes que sustenten la denuncia. No debe olvidar preguntar por el R.U.C. de la causa y el nombre del fiscal a cargo y de su asistente.

4.

El fiscal investiga los hechos, cita a los testigos y solicita las pruebas. Además puede tomar decisiones importantes desde el instante de su nombramiento si considera que las circunstancias lo requieren, por ejemplo: adoptar medidas con  carácter de urgente para proteger y auxiliar al animal víctima de maltrato, que el agresor no se acerque al animal, incluso su incautación.

No es necesario interponer una querella para lo cual se necesitan un abogado. El proceso es lento.

Pese a esto no te desanimes y denuncia, es la  única forma de que la justicia y las autoridades entiendan que los animales no están sólos y que la ley debe aplicarse

El sufrimiento puede ser causado de muchas  formas, por ejemplo: tortura, zoofilia (violación), quemadura con fuego o con agua caliente, golpizas, ambiente insalubre,mantener al animal encerrado en espacios demasiado pequeños, mantenerlo aislado sin ninguna clase de estímulo o permanentemente amarrado.

El dueño del animal es especialmente responsable de tenerlo en buenas condiciones de salud. Por lo mismo, el que teniendo un animal no le da agua fresca, alimento, abrigo del sol de la lluvia y del frío, ni le auxilia en la enfermedad ni en accidente (pudiendo hacerlo), ni permite que otros lo hagan (impidiendo que el animal sea rescatado o auxiliado) está cometiendo un acto de maltrato animal, o sea un delito.

de personas (incluyendo menores de edad) provoca un sufrimiento, atenta o pone en grave riesgo la salud y bienestar (físico y sicólogico) del animal, sea o no de su propiedad.

¿QUIÉN DENUNCIA, CUÁNDO Y CÓMO?

Como se trata de un delito de Acción Pública la denuncia puede ser efectuada por cualquier persona que haya tomado conocimiento de los hechos de maltrato y desde ese mismo instante dirigirse a Carabineros, Policía de Investigaciones o la fiscalíamás cercana al lugar de los hechos.

• Es importante que el maltrato pueda ser demostrado por medio de fotografías, grabaciones, informes o nombres de testigos. Idealmente las lesiones y señales de maltrato deben respaldarse con un certificado médico veterinario. Asimismo es importante individualizar al autor; si ésto no es posible al menos señalar elementos que sirvan para identificarlo (domicilio, lugar de trabajo, entre otros).

• En la medida que la tanto la denuncia como su posterior ratificación ante fiscalía sea acompañada de antecedentes claros  y precisos que  la  sustenten, mayor es la probabilidad de obtener  resultados positivos tales como: que el fiscal a cargo inicie una investigación, que ordene el  comiso del animal, que solicite al Juez de Garantía medidas de protección con carácter de urgente, entre otras.


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